Delincuencia: Acción de cometer delitos.
Delito: El delito, en sentido estricto, es definido como una conducta o acción típica (tipificada por la ley), antijurídica (contraria a Derecho), culpable y punible. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley. La palabra delito deriva del verbo latino delinquere, que significa abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la ley. La definición de delito ha diferido y difiere todavía hoy entre escuelas criminológicas. Alguna vez, especialmente en la tradición iberoamericana, se intentó establecer a través del concepto de Derecho natural, creando por tanto el delito natural. Hoy esa acepción se ha dejado de lado, y se acepta más una reducción a ciertos tipos de comportamiento que una sociedad, en un determinado momento, decide punir. Así se pretende liberar de paradojas y diferencias culturales que dificultan una definición universal.
Violencia: Intención, acción u omisión mediante la cual intentamos imponer nuestra voluntad sobre otros, generando daños de tipo físico, psicológico, moral o de otros tipo.
Si la violencia degenera en un acto reñido con la ley, se constituye en delito, por lo tanto cae dentro de la delincuencia...
¿por que pretender separar la violencia de la delincuencia?
1 comment:
En pocas palabras:
ALMEYDA, DEJE DE INVENTAR TANTOS DISPARATES Y SIMPLEMENTE APLIQUE LA LEY CONTRA LOS DELINCUENTES, ESPECIALMENTE EN CUANTO A LAS ARMAS ILEGALES!!!!!!
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